Claro que son públicas las alegaciones a la emergencia hídrica, aquí van las mías

Al menos las mías sí (y legalmente todas aunque otra cosa es que el Cabildo no quiera), hechas a la carrera porque el plazo de 5 días que dieron lo trato en las alegaciones como un porcedimiento ilegal porque desde mi punto de vista debían ser como mínimo, para custiones de urgencia, 10 días. Pero lo más importante, una declaración de emgergencia donde no se plantea la custión «ahorro» en ningún párrafo, sólo recortes impuestos a los agricultores, carece de todo sentido y en este caso concreto lo que se pretende -como objetivos fundamentales- es:

  • Meter al sector turístico y recreativo (parques acutáticos y cadenas hoteleras fundamentalmente) en el negocio del agua metiendo la producción de sus desaladoras en la red pública, con recursos públicos lógicamente, con controles más bien pocos.
  • Favorecer la desaparición de la gestión directa del agua que queda por algunos de los ayuntamientos «rebeldes» y que pase todo a manos de las multinacionales del agua. Ayuda por parte del Cabildo cero para evitar esto.
  • Subida de tasas precisamente para los ayuntamientos que menos agua consumen por habitante y que más generan en sus galerías.
  • Subida de precios para los usuarios de Balten (agricultores).

Y para de contar, la declaración de emergencia se puede consultar AQUÍ y mis alegaciones son éstas, que espero se puedan repetir y mejorar en una información pública dentro de los márgenes temporales a los que obliga la legislación vigente.

ALEGACIONES (una de las 2 que según la prensa han persentado personas particulares)

Consejo Insular de Aguas de Tenerife c/ Leoncio Rodríguez, n.º 3, 2.ª planta, Santa Cruz de Tenerife

(…) en relación al anuncio de 29 de abril de 2024, por el que se somete a información pública el procedimiento de declaración de emergencia hídrica en la isla de Tenerife (Expte. 1342-AG.) publicado en el BOC nº 90 de 8 de mayo quisiera alegar lo siguiente:

– El plazo de 5 días establecido para alegar considero incumple los términos del artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Siendo el plazo mínimo establecido en dicha ley de 20 días y considerando que en casos de urgencia dicho plazo puede reducirse a la mitad no se entiende cómo se establecen cinco días en base a normativas de rango inferior, por lo que pareciera razonable se retomara este procedimiento ateniéndose a lo que establece la legislación vigente en cuanto a plazos de información pública.

– Se establece una Comisión de Seguimiento de la Emergencia Hídrica de la que se desconoce su composición, funciones y demás mientras, por otro lado, no se establece ningún planteamiento tendente a tener informada a la población en general de la situación real en la que nos encontramos en cada momento. (Visor de la sequía Cataluña)

– En relación al punto anterior llama la atención que en todo el documento de declaración de emergencia no se mencione ni una sola vez la expresión “ahorro”, nada en relación al mejor aprovechamiento de las “aguas de escorrentía” cuando, por otro lado, en 16 ocasiones se hace referencia a la producción “industrial” de agua (desalación).

– Se establecen limitaciones al agricultor de cara a las posibilidades de nuevas conexiones a Balten y demás poro en ningún momento se nombra el uso privado de piscinas ni límites al consumo de agua por habitante como sí se establece en conocidas emergencias hídricas recientes como la catalana donde todo esto aparece perfectamente regulado, cualquiera diría que en nuestro caso no estamos hablando de emergencia ni nada que se le parezca excepto en lo que afecta al sector primario.

– En los puntos 3 y 4 de la declaración se procede a “instar” a las administraciones y a las empresas eléctricas a “priorizar y agilizar” determinados trámites, lo cual parecen planteamientos al menos inadecuados porque existen otras crisis, como la habitacional, y lo que hay que perseguir es la eficacia en la tramitación de expedientes y no tanto poner a unos por delante de otros que pueden ser de igual o mayor gravedad.

– El punto 5 de la declaración, donde se insta a Balten a subir los precios públicos del agua a los agricultores parece vergonzoso puesto que no se corresponde para nada con el contenido que debe tener una declaración de emergencia y porque, en todo caso, el artículo 111 bis de la Ley de Aguas afecta a todo el mundo y no se entiendo por qué se hace referencia concreta al sector primario en este aspecto. Los agricultores no necesitan de “incentivos para un uso adecuado del recurso” entre otras cosas porque mayormente no lo pueden pagar y se miran en cada gota de agua que les llega.

– En relación al punto 6, “denegación de solicitudes de póliza de abonado por parte de Balten”, cuando las mismas no estén justificadas en nuevas disponibilidades hídricas que aseguren la satisfacción de la demanda”, propongo se suprima en tanto en cuando en las solicitudes de póliza se deben tener en cuenta muchos factores y quizás se están favoreciendo cultivos con altos requerimiento hídricos, ya instalados, y se impide el avance de otros más adaptados o unas papas de medianías con goteo que acaso sólo necesitan un par de riegos.

– El punto 7 no se entiende puesto que es reiterativo de los dos anteriores.

– En relación al punto ocho en verdad es difícil de entender la obsesión con establecer limitaciones al sector agrícola cuando, por otro lado, no se habla para nada de fomentar el uso de agua regenerada en jardines, campos de golf, fuentes ornamentales o en los 60-70 mil metros de césped del tranvía que mantiene el Cabildo de Tenerife. ¿Cómo se puede mantener un campo de golf de titularidad pública en Buenavista del Norte con agua desalada mientras para el agricultor, sobre todo de medianías, todo son inconvenientes?

– Justamente al Ayuntamientos de Buenavista del Norte, junto con El Tanque, La Guancha, San Juan de la Rambla, Los Realejos, Santa Úrsula, La Victoria de Acentejo, La Matanza de Acentejo y Vilaflor se les exige revisión (obviamente al alza) de las tasas de abastecimiento de agua cuando se trata en la mayoría de los casos de municipios con rentas bajas e incluso con excedentes de agua de galerías donde no existen costes añadidos ni de desalación ni de elevación. 

– El Cabildo de Tenerife, y el Consejo Insular de Aguas, quizás no debería exigir programas a los municipios para reducción de pérdidas sino liderar, sobre todo con ayuntamientos pequeños que son los más afectados, proyectos integrales destinados a este fin.

– En el punto 12 se relaciona la gestión directa, pública, con las pérdidas excesivas en red y en absoluto eso tiene por qué ser así, el ejemplo de la empresa pública de aguas de Santa Cruz que fue vendida por el Ayuntamiento es paradigmático en este sentido porque en absoluto se ha notado mejora alguna en el servicio. Para que la gestión pública funcione acaso, para los ayuntamientos con menos recursos, cabría una mayor implicación del Cabildo y menos circuitos de alta velocidad con recursos públicos.

El punto 13 consiste básicamente en un brindis al sol, máxime cuando lejos de establecer diferencia alguna entre tarifas de agua para uso turístico y otros en verdad lo que propone la declaración es comprar agua desalada a hoteles y parques recreativos. Eso independientemente del encaje legal de dicha medida sin sentido puesto que las grandes empresas turísticas producen su propia agua desalada con las desastrosas consecuencias ambientales en términos de contaminación, salmuera básicamente, y dispendio energético.

En el punto 14 se incide en ese interés incomprensible y que nos hipoteca volviéndonos más dependientes del petróleo por el agua de producción industrial: las desaladoras.  

– En el punto 15 se vuelve a instar a los ayuntamientos a algo, la recogida de aguas residuales, que debería liderar el Cabildo de Tenerife, competencia fundamental que no asume mientras se dedica a dispendios varios o al lanzamiento de satélites al espacio.

– En varias ocasiones se utiliza la expresión “capacidad ociosa de las desaladoras” en referencia a las cerca de 40 instalaciones que se mencionan, mayormente pertenecientes a cadenas hoteleras, parques acuáticos y demás. En este sentido preocupa el interés del CIATF por realizar instalaciones para meter en red estas aguas desaladas puesto que supone un dispendio económico y energético que sólo supone un beneficio en todo caso para estas empresas sin que se conozca, al menos yo lo desconozco, las condiciones de estas instalaciones en lo que tiene que ver con desalojo de salmuera o las condiciones de estas aguas a la hora de favorecer procesos corrosivos y demás tanto de la red pública como en los domicilios particulares.

En definitiva, nada que ver esta supuesta declaración de emergencia hídrica (llevamos varios meses con esto y desde el Cabildo no se ha lanzado ni un solo mensaje pidiendo moderación en el consumo a nadie) con la última que conocemos de Cataluña donde  se establecieron “umbrales de consumo de agua para el turismo. Desde que declarara a comienzos de febrero la emergencia por sequía, el sector turístico no podía sobrepasar los 200 litros por persona y día, como el resto de la población. Ahora, con el decreto aprobado este martes tras la reunión del Consell Executiu, los establecimientos hoteleros tendrán que asumir diferentes tramos gasto que varían según la situación activada del Plan Especial de Sequía (PES). No podrán superar los 115 litros en Excepcionalidad; los 100 en Emergencia I; los 90 en Emergencia II y los 80 en Emergencia III”.

Se observa, no sólo en ese recorte de El País de hace un mes sino en toda la política lanzada, que no sólo se establecen restricciones al sector primario sino que se toman medidas tendentes a la reducción del consumo, el Cabildo para dar ejemplo lo tiene fácil: campo de golf de Buenavista y 60 hectáreas de césped del tranvía.

https://elpais.com/espana/catalunya/2024-04-16/cataluna-limita-el-gasto-de-agua-para-el-turismo-y-flexibiliza-el-llenado-de-piscinas.html#

jjafonso

Las nuevas urbanizaciones, para extranjeros básicamente, que se promocionan en el sur dicen que asunto del agua no hay problema ninguno, eso es para el campo.

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Adeje, y resto de la Isla igual. En ningún sitio se ha escuchado de la necesidad de cortar con el llenado de piscinas, prohibir el riego a la agricultura sí. Asombroso.

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